jueves, 13 de noviembre de 2008

MODIFICACION ARTICULO 14 BIS. LEY DE IMPUESTO A LA RENTA

El articulo 14 bis fue recientemente modificado.

Las modificaciones imponen la suma de las rentas por relaciones, cambian los montos maximos de ventas, modifican el monto para ingresar al sistema y otros.

Los invito a echarle un vistazo, ya que cambia sustancialmente ciertas premisas que podrían traer a sus clientes problemas financieros.

Ale

viernes, 10 de octubre de 2008

¡¡¡ESTA SI QUE ES NOTICIA TRIBUTARIA!!!


ELIMINACIÓN IMPUESTO DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS.

El 15 de septiembre se publicó la ley 20.291, donde en la parte que nos interesa, se indica que se elimina en FORMA PERMANENTE EL IMPUESTOS DE TIMBRES Y ESTAMPILLAS de monto fijo que grava cada transacción bancaria como:
Las transferencias electrónicas, giros desde cajeros automáticos, cheques y traspasos de cuenta corriente.

Su aplicación rige a partir del 1º de octubre de 2008.-

viernes, 3 de octubre de 2008

La carga tributaria chilena




Ayer fui invitada por la U. Adolfo Ibañez a un seminario en el Ritz Carlton, estuvo bastante interesante y les reproduzco la noticia que apareció en el mercurio de hoy, acerca de lo conversado en este seminario, importante fue el tópico que tocó la economista Rossana Costa, en que destacó la idea que los inversionistas extranjeros consideran dentro de los parámetros para el análisis la "competencia tributaria", indicando que Chile ubicado geograficamente en el ultimo lugar del mundo con una carga tributaria alta, no es un mercado atractivo para tal inversión.
Nadie se viene al fin del mundo, con una población pequeña y ademas con una carga tributaria alta.


Por ultimo, para los que han sido alumnos mios, algo que siempre he comentado, y que se trató en el seminario es que de acuerdo a todos los estudios "Los impuestos no producen redistribución del ingreso"

"Expertos proponen modificar actual carga tributaria chilena Rosanna Costa, economista de LyD, y Hernán Cheyre, presidente de Econsult, coincidieron en que el sistema tributario chileno debe ser modificado con urgencia para que el país alcance efectivamente un alto nivel de desarrollo económico. En el marco del seminario "La carga tributaria de los chilenos: una visión de futuro", organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez, ambos recalcaron que de no producirse esta situación, Chile dificilmente podrá competir con aquellos países que poseen una menor carga impositiva y que finalmente lideran los indicadores de atracción de capital extranjero y nuevas inversiones. Para ello, ambos proponen reorientar la carga tributaria hacia el consumo y no a los ingresos y la inversión, como ocurre actualmente. Los especialistas concordaron en que un aumento de la carga impositiva no produce necesariamente una mejor redistribución de los ingresos en el país" Mercurio de Santiago, 3 de octubre de 2008

Ale

miércoles, 27 de agosto de 2008

Medidas del SII frente a la huelga que los afecta.


No se si han visto las medidas que ha tomado el SII frente a la huelga de su personal.

1º Que pueden emitir facturas, guias de despacho, boletas de ventas y servicios SIN TIMBRAR aquellos contribuyentes CON BUEN COMPORTAMIENTO. ¡¡¡¡!!!


Ahora para ello deberán llamar al SII el que despues de solicitar los datos indicados en su comunicado, les entregará una clave de autenticación que les permitirá emitir un número determinado de documentos tributarios de acuerdo a lo indicado en la atención teléfonica.


Y, ¿Que pasa con aquellos que tienen bloqueo por alguna situación pendiente? Que no implica necesariamente ni un delito, ni un fraude, sino por ejemplo no verificación de domicilio u otra variable similar. Ellos no pueden solicitar timbraje telefonica, dada la huelga y tampoco le dan la opción por otra via.


¿O sea por un problema del Servicio de Impuestos internos, le liquidan en negocio?
Lo encuentro bastante complicado.


Ojala me comenten. Es solamente mi opinión.

martes, 17 de junio de 2008

Tratamiento tributario de creditos incobrables en empresas de servicios

http://www.sii.cl/documentos/circulares/2008/circu34.htm

La circular 34 publicada por el SII el 16 de junio, regula el tratamiento tributario de los creditos incobrables para las empresas de servicios como agua, luz, gas y telefono.

Su tratamiento es variable, dependiendo de cuanto sea el monto que se llevará a incobrable.

sábado, 31 de mayo de 2008

Uso del credito fiscal de factura emitida posterior a su fecha de vencimiento


SINTESIS: SE PUEDE UTILIZAR EL CREDITO FISCAL DE UNA FACTURA EMITIDA EMITIDA FUERA DE SU FECHA DE VIGENCIA SI SE ACREDITA QUE EL DEBITO FISCAL RECARGADO SE HA ENTERADO EFECTIVAMENTE EN ARCAS FISCALES.


El uso del crédito fiscal está normado en el articulo 23 de la comunmente llamada ley de IVA y en su reglamento, indicando en la parte sustancial que "no darán derecho a crédito los impuestos recargados o retenidos en facturas que no cumplan con los requisitos legales"

De acuerdo a la interpretación entregada por el SII en el oficio 867 de 25 de abril de este año en la parte pertintente se indica:
En esa situación los documentos emitidos fuera de la fecha de vigencia (fecha que va impresa en la factura) no cumple con los requisitos legales y reglamentarios, por lo que el impuesto retenido o recargado EN UN PRINCIPIO, no dan derecho a credito fiscal.

Por otro lado, agrega el mismo oficio que en el inciso 4º del articulo 23 se establece una contra excepción, que permite conservar el derecho a credito fiscal, sin perjuicio de lo establecido, en los incisos 2º y 3º del referido articulo. Ello si se acredita que el impuesto ha sido recargado y enterado efectivamente en arcas fiscales por el vendedor.

Por lo que concurriendo lo anterior la referida factura NO pierde el derecho a utilizar el crédito fiscal recargado separadamente en ella.

lunes, 26 de mayo de 2008

Curioso??

A pesar que el tema no tiene nada que ver en un principio con temas tributarios, me he encontrado con un proyecto de ley que modifica la ley de matrimonio civil.

Antes de hacer el comentario, quiero que quedé claro que no tengo nada en contra de los homosexuales.

Pero considero que el nucleo fundamental de la sociedad es la familia, formada por hombre y mujer.

Anexo la parte pertinente del proyecto de ley presentado por los diputados Guido Girardi y Marcos Henriquez entre otros

¡¡ojala comenten!! no necesariamente tienen que estar de acuerdo conmigo pero seria bueno darle una vuelta.


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Proyecto de ley

Art. Único. Modifiquese el artículo 102 del Código Civil en el siguiente sentido:

a) suprímase la expresión "un hombre y una mujer" por "dos personas".

b) elimínese la frase "de procrear".



viernes, 2 de mayo de 2008

Circular 24 Norma tratamiento de Creditos incobrables



La circular 24 aparecida recientemenete norma el tratamiento de los "créditos incobrables" establecido en el articulo 31 Nº4 de la LIR

Indicando en su parte mas importante lo siguiente:

1. Que se podrán castigar y por ende deducir como gastos necesarios para producir la renta, los creditos incobrables castigados durante el año, siempre que se hayan contabilizado oportunamente y se hayan agotado prudencialmente los medios de cobro.

Hasta ahi no hay cambio alguno.

  • Las instrucciones novedosas son las siguientes

1 Se crea un libro auxiliar denominado "REGISTRO TRIBUTARIO DE

  • CASTIGO DE DEUDAS INCOBRABLES"

  • El registro deberá contener todos los datos que individualicen a cada deudor, el documento respectivo, fecha del credito etc.

2. Se establece reglamentación dependendiendo del monto del crédito incobrable. "tema muy importante"

viernes, 11 de abril de 2008

"El estado de Chile paga el viaje a la hija de la Presidenta"

La verdad es que creo que es lógico que una mamá quiera ir con su hija o sus hijas, a alguna actividad laboral que es lejos de su país.

¡¡Aun no me cuestiono quien paga!!

Ahora si esa trabajadora es la Presidenta de la República, me parece igual de lógico.

¡¡sigo sin cuestionarme quien paga!!!

La Presidenta Bachelet va con una de sus hijas al viaje a China.....

¡¡Sigo sin cuestionarme quien paga!!!

No creo que la hija que acompaña a la Presidente, coma tanto, ni su pasaje sea mas o menos significativo dentro del total del gasto que se incurre en el viaje de la Presidente a China. Creo que su costo es marginal.

No creo que a nadie le signifique realmente un problema, es más creo que cualquier chileno que entiende como funcionan nuestras familias, no le sorprende que la presidenta vaya acompañada de su hija o de sus hijas.

Pero si encuentro insólita la respuesta del Ministro Sr. Vidal ,frente a la pregunta de un periodista

¿Quien paga el viaje de la hija de la presidente?

Su respuesta "El estado de Chile paga" me parece por decir lo menos, que revela una muy menor inteligencia social, de parte del ministro.

Esa respuesta me hace pensar que "yo, tu, ud. y todos los que vivimos en el país" estamos financiando un viaje, que quizas no quisieramos financiar.

Si el ministro en vez de responder con esa "pachotada" hubiera hecho uso de la inteligencia social, la que evidentemente no tiene, su respuesta hubiera sido menos agresiva, buscando no provocar rechazo frente a algo que no tiene real importancia.


Especialmente en estos tiempos en que el derroche de los dineros públicos es evidente.

El ministro debe saber que el estado de Chile somos todos, son nuestros recursos los que se utilizan y el no es mas que uno de los administradores de éstos recursos y no es plata de su bolsillo que pueda utilizar a su amaño.